Debido a los comentarios suscitados por la participación del AMPA en la protesta por la prohibición de los cumpleaños, os informamos que según el DECRETO 27/1988, de 10 de febrero, por el que se regulan las asociaciones de padres de alumnos de centros docentes no universitarios en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en su artículo 5º:
Las asociaciones de padres de alumnos son un cauce fundamental para posibilitar la participación de los padres o tutores de los alumnos, en su caso, en las actividades de los centros escolares. Para ello tendrán aquellas finalidades que se fijen en sus estatutos, dentro de las siguientes:
- a) Asistir a los padres o tutores en todo aquello que concierne a la educación de sus hijos o pupilos.
- b) Colaborar en las actividades educativas de los Centros, y en las actividades complementarias y extraescolares de los mismos.
- c) Organizar actividades culturales y deportivas.
- d) Promover la participación de los padres de los alumnos en la gestión del Centro.
[...]
- e) Asistir a los padres de alumnos en el ejercicio de su derecho a intervenir en el control y gestión de los Centros sostenidos con fondos públicos
¹.
¹: Colegios Públicos
Y es siguiendo este decreto que estamos asistiendo
en sus derechos al gran número de familias que se han acercado a indicarnos su malestar, a pesar de la disparidad de opiniones que en la junta directiva hay sobre la celebración de los cumpleaños.
De igual forma, que hemos asistido por el funcionamiento del comedor a las familias que nos han hecho llegar sus preocupaciones por el tema.
Por lo que no dudéis en hacernos llegar todo aquello que creáis que no funciona o puede mejorarse. Os asesoraremos en la medida de nuestras posibilidades o tomaremos las medidas oportunas para atajar el problema lo antes posible.
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